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El Plan Especial Urbanístico de Mejora del tramo fluvial del río Segre a su paso por el TM de Alòs de Balaguer consta de cinco documentos: la memoria informativa, la memoria de ordenación, la documentación gráfica, los planos y los anexos. El presente PIE es un instrumento que debe permitir la planificación específica del espacio fluvial de Alòs de Balaguer para lograr su conservación, mejora ecológica así como la transmisión de su valor como espacio natural al conjunto de la ciudadanía. De esta manera, se establecen unos objetivos generales y específicos a perseguir para alcanzar el cumplimiento de esta función mencionada. Los promotores del presente plan son la Sociedad de Pescadores de Alòs de Balaguer y el Ayuntamiento del citado municipio. Se justifica su elaboración por el hecho de que se trata de una zona del medio Segre muy afectada históricamente por la actividad humana pero que a la vez presenta un elevado potencial ecológico. Hay que añadir además, que no hay precedentes en las comarcas de Lleida de la utilización de un plan especial como figura de protección y mejora de un espacio natural aunque en el Plan especial del pantano de Sant Antoni (2002) se constata algún paralelismo a pesar de ser básicamente un instrumento de regulación de los usos de dicho espacio.
| Imagen aérea del río Segre de Julio de 1975 justo antes de pasar por el núcleo de Alòs de Balaguer (correspondiente a los tramos 3 íntegramente y 2 y 4 parcialmente)
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En cuanto el ámbito del Plan, se ha definido en base a tres aspectos: la división municipal, la inundabilidad según la curva del periodo de retorno de los 500 años y la red viaria. Una vez definido el ámbito del Plan se han analizado otros aspectos legales con influencia sobre el Plan. Estos son el marco legal, donde destaca la Directiva Marc de l'Aigua por sus referencias explícitas a la protección y conservación de los ecosistemas acuáticos y vinculados; la relación con el planeamiento municipal vigente -el municipio está pendiente de la aprobación del POUM-; la afectación a las propiedades privadas mediante el análisis de la propiedad del suelo según el catastro i la especificación de la existencia de edificaciones; el detalle del proceso de tramitación y finalmente, la documentación ambiental necesaria que debe aportar el plan y el estudio de integración paisajística. Acto seguido a la introducción de estos aspectos fundamentales, se hace referencia a los aspectos territoriales y ambientales de influencia en el ámbito del plan. En primer lugar, se hace eco del encaje territorial del sistema fluvial objeto del plan. En este apartado se detalla su ubicación geográfica, la relación con los espacios protegidos de la zona como son la confluencia Segre-Noguera Pallaresa, donde se enmarca la zona del ámbito de mayor influencia fluvial, y el sierras del Montsec, Sant Mamet y Media. Finalmente también se especifican los vínculos con los espacios de conexión ecológica especificados por el Plan Territorial de Ponent.
A continuación del encaje territorial se procede a describir los diferentes medios del ámbito objeto del plan. De especial interés es el medio hídrico dado que el curso fluvial es el principal elemento constitutivo de la zona a nivel ecológico. Por otro lado, en la descripción del medio socioeconómico, se detalla la influencia y presencia humana en la zona, elemento estrechamente ligado a las posibilidades de protección del entorno. Como elemento económico a potenciar, se destaca el atractivo turístico que puede representar la zona en cuanto a deportes de aventura y también la actividad de pesca y caza que tiene lugar en los diferentes cotos de Alòs.
Memoria informativa concluye con un diagnóstico ambiental de la situación actual del tramo fluvial del ámbito y la zona Ripa y con un detalle de los principales elementos conflictivos relacionados con la intervención humana que afecta a las condiciones ambientales del tramo fluvial del ámbito del plan.
En el segundo documento, la memoria de ordenación, se resalta de nuevo el ámbito del plan añadiendo a más una división de tres zonas que supondrán diferentes grados de protección:
1. Zona de protección hídrica: consiste en una zona influenciada por la dinámica fluvial (libre de usos antrópicos). 2. Zona de protección fluvial: delimitada por la zona inundable por el caudal de retorno de 500 años (en muchos casos ocupa campos de cultivo). 3. Zona de amortiguación de impactos: delimitada por la red viaria allí donde la curva de los 500 años queda más cerca del río que el camino asfaltado.
Siguiendo con el aspecto de la ordenación, para regular el conjunto del ámbito se detallan una serie de normas urbanísticas que se complementarán con la legislación sectorial.
Para facilitar la visualización del ámbito así como también algunas de las determinaciones que se establecen en el presente PIE, se incluyen los documentos de documentación gráfica y planos.
El último documento que conforma el presente PEU es el de los anexos. Se detallan una serie de actuaciones para la mejora del espacio incluidas en el proyecto de mejora del tramo fluvial del río Segre a su paso por Alòs de Balaguer. También se incluyen un estudio de sostenibilidad económica para asegurar que la elaboración del plan no afecta a las finanzas municipales así como un detalle de la movilidad generada por el despliegue del plan. Finalmente se detallan las últimas solicitudes de permisos para actividades extractivas en la zona del ámbito y el presente resumen de las determinaciones del ámbito.
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